Reducción de Retención Fiscal: Un Beneficio Clave de la Ley 57-07

En República Dominicana, la Ley No. 57-07 ha revolucionado el sector de las energías renovables al ofrecer incentivos fiscales que mejoran la viabilidad de los proyectos sostenibles. Uno de los beneficios más atractivos es la reducción de la retención del 10% al 5% sobre intereses pagados al exterior.

¿Qué significa esto?

Cuando una empresa dominicana toma un préstamo con un banco o entidad financiera extranjera, la ley exige retener el 10% de los intereses para el fisco local. Sin embargo, si el préstamo financia un proyecto de energía renovable acogido a la Ley 57-07, la retención se reduce al 5%.

¿Por qué es importante?

  • Aumenta el atractivo para inversionistas internacionales.
  • Mejora las condiciones del préstamo para el desarrollador local.
  • Disminuye el costo financiero total del proyecto.
  • Facilita el acceso a capital verde a nivel global.

Ejemplo práctico

Una ventaja para el desarrollo sostenible

Este incentivo fiscal se suma a otros beneficios de la Ley 57-07 como la exención de impuestos sobre equipos, deducciones del ISR, y facilidades para pequeñas hidroeléctricas, plantas solares, eólicas, de biomasa y más.

¿Quiénes califican?

Pueden acceder a estos beneficios las empresas privadas, públicas o mixtas, cooperativas, autoproductores, y desarrolladores de proyectos renovables previamente certificados por la Comisión Nacional de Energía (CNE).

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